| Historia de la Iglesia - nuevaescritura |
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Así las cosas el 27 de diciembre de 1.653 se otorgó una nueva escritura que ratificaba lo anteriormente dispuesto y que dejaba a Cristóbal García Salmerón fuera. Andrés de la Cámara y Gabriel de León se comprometían a terminar la obra en año y medio y a una serie de condiciones que a continuación transcribimos: "En la ciudad de Cuenca y veinte y siete días del mes de agosto de mill y seiscientos y cinquenta y tres años ante mi el sn.º publico y testigos de yuso escriptos Parecieron de una parte Diego Lozano mayordomo de la iglesia Parrochial del lugar de Culebras y Alonso Lacamara y Gabriel de leon Maestros de dorar y estofar vezinos desta ciudad de Cuenca como principales y Juan de Villanueva vz.º asimismo desta dha. ciudad y Maestro de la misma facultad como su fiador y dixeron que por quanto la yglesia de dho. lugar tiene un retablo en blanco nuebo de escultura, talla y ensamblaje y se a de dorar y estofar y pintar y para ello se an hecho ante el sr. Probisor General desta ciudad y obispado posturas con las condiciones que aquí yeran incorporadas y despues de averse apregonado y hecho vaja en dha. obra por xtoval. garcia por el dho. sr. Probisor se declaro no haver lugar admitir la dha. vaja y postura por el dho. xptoval. garcia y dio su mandamiento para hacer esta escriptura en conformidad con el remate de la dha. obra con las condiciones della que para que dellas conste pidieron a mi el presente sn.º las ponga a yncorpore en ella que son del tenor siguiente: - darle perfectamente acavado en tiempo y espacio de año y medio que a la de correr contarse desde veynte y quatro dias del mes de Junio passado deste presste. año de suerte que el dia veynte y quatro de diciembre de año que biene de mill y seiscientos y cincuenta y quatro a de estar el dho. Retablo y obra de dorado, estofado y pintado en conformidad de las dhas. condiciones y con condición que la costa que el dho. Retablo tubiere en desarmarle para la aver de dorar, estofar y Pintar como dho. es a de ser por cuenta y a costa de los dhos. Maestros y el sentarle después de acavada perfectgamente a de ser a costa y espensas de la dha. Yglesia y su mayordomo. Y si quebrase o maltrataren algunas pieÇas las an de aderezar y ponerlas a su costa los dhos. Maestros. - y por dha. obra y retablo el dho. Diego Lozano les a de dar y pagar Diez y seis mill reales en moneda y maravedis que de la dha. Yglesia tiene en ser de la renta y frutos del año passado de mill seiscientos y cinquenta y dos y deste presente de cinquenta y tres se a de vender por el dho. mayordomo y todo lo que montare sin reserva en si ni para la dha. yglesia se a de entregar en contado a los dhos. Maestros y dello an de dar carta de pago a quenta y la restante cantidad que faltare a de yr dandolo en los frutos que pertenecen a la dha. yglesia en los años siguientes. - y es condicion que por quanto el dorar, estofar y pintar del dho. Retablo a de ser con la asistencia personal de los dhos. Maestros en el dho. lugar el mayordomo que es o fuera tenga obligacion de darles casa suficiente donde poner su taller y leña pues si alguna pieza se quebrare o faltare lo an de hacer y poner a su costa y también se les a de dar a los dhos. Maestros lienÇos para lenzar y fortificar el dho. Retablo y obra. - y con condicion que acavada y sentada y perfectamente acavada la dha. obra con mas unas cartelas en la caja del sagrario se nombren por las partes personas peritas en el arte que las bean y declaren si esta acavada conforme a las dhas. condicones. Y otorgan escriptura de obligación y fianÇa siendo testigos Juan Muñoz y
de aguilera y Joseph de herrera procuradores y Julian de zespedes Cañamares. |




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